|
Medidores... ¿de aire o agua puerca? |
Una propuesta que modifica el Código Fiscal de la
Ciudad de México a fin de reducir los costos de derechos por conexión de agua
e instalación de medidor, fue aprobada por el Congreso local.
La iniciativa de ley para reformar el Código
Fiscal de la Ciudad de México fue presentada por Raymundo Martínez Vite,
alcalde de Tláhuac, el tres de abril de 2019, a fin de mejorar la calidad de
vida no sólo de los tlahuaquenses, sino de todos los capitalinos.
Se supone que la medida beneficiará a personas que
habiten en inmuebles de uso doméstico y mixto, los cuales están situados en
las manzanas de tipo popular y bajo, que suman en la capital del país un
total de 41 mil 55.
Con la entrada en vigor de la nueva Constitución
de la Ciudad de México, la cual menciona en el artículo 31, fracción IV que
una de las atribuciones de los titulares de las demarcaciones es presentar
iniciativas ante el Congreso de la Ciudad, la propuesta se constituye en la
segunda que como proyecto de decreto fue presentada al Congreso.
Con este instrumento se reducirá el pago hasta en
50 por ciento de los derechos por conexión de agua, instalación de medidor y
conexión al drenaje en inmuebles de uso habitacional y colonias populares.
Sin embargo, aun cuando la medida buscar atender a
la población más necesitada, cuyos recursos económicos son insuficientes para
gozar del acceso al agua como un derecho tan indispensable para el ser
humano, lo cierto es que en la mayoría de la alcaldía Tláhuac no hay agua.
Se supone que con la medida también se contribuirá
a evitar las tomas clandestinas que evaden el pago de derechos, pero sin suficiente
agua en las redes cualquier iniciativa no sirve de nada.
Por lo pronto, con la reciente publicación del
Presupuesto para el ejercicio fiscal 2020 dicha propuesta quedó reflejada en
el artículo trigésimo segundo transitorio del Código Fiscal de la Ciudad de
México, misma que señala que a más tardar el 30 de marzo de 2020, la titular
del Gobierno capitalino deberá emitir un programa para otorgar un subsidio de
50 por ciento en las tarifas establecidas en el artículo 181 del mismo.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario