lunes, 18 de junio de 2018

Sin ningún derecho laboral las trabajadoras domésticas en México

Mercado Sobre Ruedas

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«La idea es que no tengan hijos, que estén solteras, para que puedan atender de tiempo completo a la familia que las contrata», se señala en una investigación. Estas mujeres se encuentran en condiciones inversas debido a que la Ley Federal del Trabajo exime a los patrones de afiliar a las trabajadoras al Seguro Social

Un millón 843 mil 920 mujeres se emplean en México como «trabajadoras en servicios domésticos», lo que representa el 10.9 por ciento de las mujeres empleadas, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) realizada en 2010, pero lejos de los datos estadísticos resulta fundamental conocer los pormenores sociales, culturales y jurídicos de ese segmento de la población.
Durante 10 años la doctora en antropología por la Universidad de París 3, Séverine Durin, ha desarrollado investigaciones y recopilado testimonios de 22 trabajadoras, cinco trabajadores y siete empleadoras, además de las correspondientes a especialistas de medios de comunicación, psicólogos y abogados.
En su investigación contenida en el libro Yo trabajo en casa. Trabajo del hogar de planta, género y etnicidad en Monterrey, la especialista refirió que las trabajadoras del hogar que se embarazan se ven privadas de tener de cerca a sus hijos, por lo que tienen que recurrir al apoyo de familiares, principalmente en sus lugares de origen, debido a la mayoría indígena del segmento.
Al hablar del embarazo en las trabajadoras domésticas manifestó que se registra principalmente en mujeres jóvenes, debido a que el sector empleador las denomina como «muchachas», lo cual hace pensar que son jovencitas. «Entonces la idea es que no tengan hijos, que estén solteras, para que puedan atender de tiempo completo a la familia que las contrata», observó. Sin embargo, en su investigación reporta trabajadoras del hogar embarazadas, lo que significa que «ahí hay una dificultad».
«Es un riesgo para las empleadoras estar embarazadas –dijo–, por lo que muchas veces las terminan remitiendo a los albergues. Esto es supuestamente para ‘hacer un bien’, pero no debería de ser así, sino que debería de estar en sus derechos, como los de cualquier trabajadora. De hecho, es importante decir que en la mayoría de las ocasiones el embarazo acaba con el trabajo de planta».
Una vez que las trabajadoras abandonan la planta, empiezan a trabajar por horas, debido a que tienen que ejercer otras labores.
A decir de la especialista, en la cuestión de la maternidad es donde se entiende la profunda desigualdad que estructura el trabajo del hogar de planta, porque finalmente mientras las mujeres con una mejor posición económica pueden contratar a alguien que asuma labores de limpieza y de cuidado del bebé, las trabajadoras se encuentran en condiciones inversas, pues esa labor no abre derechos, porque la Ley Federal del Trabajo exime a los patrones de afiliar a las trabajadoras al Seguro Social.
Además de la maternidad, otras dos preocupaciones de Durin en su investigación son las mujeres indígenas migrantes, venidas principalmente de La Huasteca y Oaxaca, y que trabajan de planta, lo que implica quedarse en su hogar de labor; las condiciones laborales, interés derivado de investigaciones previas, en las cuales encontró en la mayoría de los testimonios que la jornada laboral consistía en 12 horas.
En cuanto a las condiciones jurídicas de las trabajadoras domésticas, Séverine Durin aseguró no haber conocido nunca a ninguna trabajadora del hogar con contrato, «los acuerdos son orales y mínimos, dependen de la experiencia que tengan, ya que así se negocian las cargas de trabajo», indicó.
En el trabajo de planta existe una expectativa de las empleadoras para que estén disponibles en su totalidad, desde horas tempranas hasta el final del día, refirió, debido a que las jornadas son excesivamente largas y pueden superar las jornadas de 12 horas.
Aseveró que el marco jurídico de México es discriminatorio, porque los derechos previstos son menores a los de los demás trabajadores. «Restringe los derechos permitiendo hasta jornadas de 12 horas, diciendo que las trabajadoras deben de descansar hasta nueve horas por la noche, y que entre el turno matutino y vespertino el descanso debe de ser de tres horas. Haciendo la suma, permite las 12 horas, cuando la Ley Federal del Trabajo establece que la jornada máxima para todos los trabajadores debe de ser de ocho horas por día y un límite de 48 semanales», apuntó.
Una de las raíces del problema se encuentra en el menosprecio que existe hacia el trabajo del hogar, ya que es visto como una labor menos importante a la que realizan los varones, subrayó.
«A partir de 2011 existe un nuevo marco jurídico, que es el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. Sin embargo, en México no se ha ratificado. Este permitiría los mismos derechos en cuanto a jornada laboral, derechos de salud, organización sindical», asentó.
Fuente: Conacyt

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