Mercado Sobre Ruedas |
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La venta y consumo de bebidas
alcohólicas en colonias como La Turba y barrios del pueblo de San Andrés
Mixquic, de la Alcaldía Tláhuac, estará prohibida del 10 al 13 de diciembre,
con motivo de la celebración a la Virgen de Guadalupe. En tanto que del 10 al 17 de
diciembre, la Ley Seca aplicará en San Francisco Tlaltenco por la fiesta de Nuestra
Parroquia de la Virgen de Guadalupe. A través de la Gaceta Oficial,
la alcaldía Tláhuac dio a conocer que la medida también será aplicada en el
pueblo de Mixquic del 29 al 31 de diciembre e 2023, y del uno al 2 de enero
de 2024, debido a la festividad del Señor de las Maravillas. Por consiguiente, tanto vinaterías como tiendas de
abarrotes, supermercados, de autoservicio y departamentales, no podrán vender
ni consumir bebidas alcohólicas de cualquier graduación. Otro lugar donde aplicará la Ley Seca es San Juan
Ixtayopan, pero en dicha población será del 2 al 5 de enero de 2024 por las
festividades de la Virgen de la Soledad. La Ley Seca también aplicará en la población de Santa Catarina
Yecahuizotl durante diciembre, específicamente en el Barrio de la Inmaculada
Concepción, donde la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas será
del 7 al 9 de diciembre. Asimismo, del 7 al 9 de diciembre la medida se hará valer
en la Colonia de Santa Cecilia, en San Pedro Tláhuac. Por último, en la Colonia La Conchita del pueblo de
Santiago Zapotitlán, la Ley Seca será aplicada del 6 al 10 de diciembre debido
a la celebración a la Virgen de la Concepción. Las violaciones al acuerdo serán sancionadas de
conformidad con las disposiciones aplicables. La restricción también aplica para el servicio a domicilio
o para llevar, en el que se comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, así
como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros
nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, así como en
el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares
en que se presenten eventos similares. Los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que
expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para
la venta de bebidas alcohólicas al copeo, quedan exentos de la medida,
solamente durante el horario que establece el permiso conferido por la
autoridad. |
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