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domingo, 3 de diciembre de 2023

Alcaldía Tláhuac determina Ley Seca por diversas festividades religiosas

Mercado Sobre Ruedas                                                                                                                            

 

Información

Prohibición de bebidas alcohólicas será, entre otras, por las celebraciones de la Virgen de Guadalupe, la Virgen de la Soledad y la Virgen de la Concepción.

La venta y consumo de bebidas alcohólicas en colonias como La Turba y barrios del pueblo de San Andrés Mixquic, de la Alcaldía Tláhuac, estará prohibida del 10 al 13 de diciembre, con motivo de la celebración a la Virgen de Guadalupe.

En tanto que del 10 al 17 de diciembre, la Ley Seca aplicará en San Francisco Tlaltenco por la fiesta de Nuestra Parroquia de la Virgen de Guadalupe.

A través de la Gaceta Oficial, la alcaldía Tláhuac dio a conocer que la medida también será aplicada en el pueblo de Mixquic del 29 al 31 de diciembre e 2023, y del uno al 2 de enero de 2024, debido a la festividad del Señor de las Maravillas.

Por consiguiente, tanto vinaterías como tiendas de abarrotes, supermercados, de autoservicio y departamentales, no podrán vender ni consumir bebidas alcohólicas de cualquier graduación.

Otro lugar donde aplicará la Ley Seca es San Juan Ixtayopan, pero en dicha población será del 2 al 5 de enero de 2024 por las festividades de la Virgen de la Soledad.

La Ley Seca también aplicará en la población de Santa Catarina Yecahuizotl durante diciembre, específicamente en el Barrio de la Inmaculada Concepción, donde la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas será del 7 al 9 de diciembre.

Asimismo, del 7 al 9 de diciembre la medida se hará valer en la Colonia de Santa Cecilia, en San Pedro Tláhuac.

Por último, en la Colonia La Conchita del pueblo de Santiago Zapotitlán, la Ley Seca será aplicada del 6 al 10 de diciembre debido a la celebración a la Virgen de la Concepción.

Las violaciones al acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones aplicables.

La restricción también aplica para el servicio a domicilio o para llevar, en el que se comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, así como en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

Los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, quedan exentos de la medida, solamente durante el horario que establece el permiso conferido por la autoridad.


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