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lunes, 10 de septiembre de 2018

Escuelas privadas no pueden retener documentos oficiales a falta de pago

Mercado Sobre Ruedas

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Desde hace varios años es ilegal que las escuelas privadas retengan los documentos de sus alumnos por falta de pago y las escuelas públicas presionen con eso a padres de familia para la liquidación de «cuotas voluntarias».

Las escuelas particulares no pueden condicionar la entrega de documentos oficiales de los alumnos para garantizar los pagos de colegiaturas, ni las escuelas públicas pueden retenerlos para exigir la liquidación de las llamadas «cuotas voluntarias».
Desde hace varios años es ilegal que las escuelas privadas retengan los documentos de sus alumnos por falta de pago.
Tanto la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) como la Secretaría de Educación Pública (SEP) y hasta las comisiones de Derechos Humanos de varios estados, han reiterado a las escuelas que no sólo no pueden hacer eso, sino que es ilegal.
La extorsión de las escuelas mediante la retención de documentos para presionar a los padres de familia a pagar adeudos atenta directamente contra el derecho a la educación de los niños, instaurado en el artículo tercero de la Constitución federal.
Por consiguiente, ni docentes, ni directivos de ninguna institución educativa deben retener documentos escolares por ningún motivo, de lo contrario, estarían vulnerando el derecho al acceso educativo de los estudiantes al siguiente ciclo, aseguró Salvador Capilla Eduardo, de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Zamora de Hidalgo, Michoacán.
Las escuelas deben entregar los correspondientes documentos en tiempo y forma (certificados y boletas), porque de lo contrario los afectados deben presentar las quejas convenientes para que se cumpla la ley ante la Profeco.
En caso de que la denuncia sea comprobada en los hechos, la Profeco procederá a poner sellos de supervisión y hasta una multa.
Con información de El Independiente de Zamora

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